Admisión y matrícula en FP oferta a distancia en Castilla y León para el curso 2020/21

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Publicada la RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2020, de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, por la que se convoca el proceso de admisión del alumnado para cursar los niveles de la enseñanza básica para personas adultas, las enseñanzas de bachillerato para personas adultas en régimen a distancia y las enseñanzas de formación profesional inicial en régimen de educación a distancia, en los centros públicos de la Comunidad de Castilla y León, y se fija el calendario de las distintas actuaciones, para el curso académico 2020/2021.

 

Requisitos a cumplir

  1. Quienes deseen cursar ciclos formativos de grado medio y superior en régimen de educación a distancia, tendrán que acreditar el cumplimiento de las condiciones de acceso de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.2 y 3.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la disposición adicional tercera 1, 2 y 3 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa y la disposición adicional tercera, apartados a) y b) del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio. Condiciones de acceso.
  2. Las personas con experiencia laboral podrán acceder a cursar módulos profesionales a distancia, sin necesidad de reunir los requisitos generales de acceso a ciclos formativos sólo cuando dichos módulos estén asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
  3. La incorporación a las enseñanzas de formación profesional a distancia podrá realizarse desde las enseñanzas impartidas en régimen presencial o desde las pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior de formación profesional. En estos casos, la matrícula se realizará solo de los módulos profesionales no superados​.

 

Plazos de admisión y matrícula

Las fechas de admisión y matrícula para el curso 2020/2021 en centros públicos son las que aparecen a continuación. En el caso de centros no concertados, las fechas de admisión y matrícula pueden variar. Se deberá consultar directamente con ellos tanto la oferta formativa como las citadas fechas.

 

Documentación a aportar

 

Lugar y forma de presentación de solicitudes

Las solicitudes se podrán presentar por alguno de los siguientes medios:

Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Las personas interesadas que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con el resto de la documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Consejería de Educación podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el solicitante, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información general, conforme establece el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia autentica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.

Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de mensaje de error o deficiencia de transmisión implicará que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

Ante cualquier dificultad en el uso de los sistemas de Administración Electrónica, los solicitantes podrán contactar con el teléfono 012, donde les podrán guiar en el proceso de configuración de su equipo y uso de la firma electrónica. Las solicitudes recibidas por vía electrónica o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, serán remitidas a los centros correspondientes para su tramitación.

 

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